La Prestación por Desempleo de ANSES alcanza en octubre un monto máximo de $391.200 mensuales para trabajadores que perdieron su empleo por causas ajenas a su voluntad y reúnan los aportes exigidos.
El beneficio está destinado a quienes fueron despedidos sin justa causa, finalizaron su contrato o quedaron sin trabajo por el cierre o la quiebra de una empresa. La renuncia voluntaria no habilita el acceso. Para los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo se requieren al menos seis meses de aportes durante los tres años anteriores al despido, y en todos los casos debe acreditarse la situación legal de desempleo.
Cómo se calcula el monto
La primera cuota se calcula sobre el 75% de la mejor remuneración neta mensual de los últimos seis meses trabajados. En octubre, el resultado no puede ser inferior a $195.600 ni superar los $391.200, valores vinculados al Salario Mínimo, Vital y Móvil. El cálculo inicial se mantiene durante las primeras cuatro cuotas. Entre la quinta y la octava se abona el 85% de ese importe, y desde la novena hasta la duodécima, el 70%, siempre respetando los límites vigentes. Los montos de octubre corresponden a una prestación que se paga a mes vencido. Para noviembre, el mínimo aumenta a $199.400 y el máximo pasa a $398.800.
Plazo para el trámite
La solicitud debe iniciarse dentro de los 90 días hábiles posteriores a la finalización de la relación laboral. Si se presenta después, se descuenta un día de prestación por cada día hábil de demora. El trámite es gratuito y puede realizarse mediante Atención Virtual, con CUIL y Clave de la Seguridad Social, adjuntando DNI y la documentación que acredite la desvinculación, como el telegrama de despido o el contrato vencido. También puede gestionarse presencialmente con turno en una oficina del organismo.
Duración y coberturas
En el régimen general, la ayuda puede cobrarse entre dos y doce meses, según los aportes realizados antes de perder el empleo. Los trabajadores de 45 años o más pueden acceder a seis meses adicionales, con un importe reducido durante esa extensión. Mientras perciben la prestación, los titulares mantienen la cobertura de obra social y las asignaciones familiares que les correspondan. Además, el período se reconoce como antigüedad para fines jubilatorios. Los beneficiarios también pueden acceder a la Tarifa Social de SUBE y a programas de orientación laboral. Quienes proyecten desarrollar un emprendimiento tienen la posibilidad de solicitar las cuotas pendientes mediante la modalidad de Pago Único, si reúnen las condiciones exigidas.







