El gobierno provincial certifica emprendimientos forestales para acceder a los beneficios de la Ley 25080 de Inversiones para Bosques Cultivados. Es a través del Área Forestal de la Secretaría de Producción, a cargo de Álvaro Gabás.
Tamaño completoPara ello, se inspeccionaron entre plantaciones y labores 2279 hectáreas de eucalipto, y se certificaron 2000 hectáreas de pino en un emprendimiento foresto industrial, ubicado en Nueva Escocia, que le da valor agregado a su producción y ofrece madera de calidad.
Los bosques nativos y las plantaciones forestales son fundamentales para el bienestar de la humanidad porque brindan servicios ecosistémicos, de regulación del ciclo hidrológico y procesos biogeoquímicos, sirviendo además de hábitat para la conservación de la biodiversidad.
Los bosques también suministran una amplia gama de bienes esenciales tales como madera, alimentos, forraje y medicinas, además de proporcionar oportunidades para la recreación, el bienestar espiritual y otros servicios.
El beneficio que se otorga consiste en un Apoyo Económico No Reintegrable y se recibe una vez que la autoridad provincial o nacional constata in situ el logro de las actividades solicitadas y las distintas áreas de la Dirección de Producción Forestal aprueban el proyecto en sus aspectos técnicos, legales y ambientales. Quienes cumplan con todos los requisitos de inscripción y pago de sus deudas fiscales, tendrán acceso a los beneficios a diferencia de aquellos que ejerzan la actividad fuera de la ley perjudicando la imagen del sector.
La ley
Los objetivos de la Ley Nacional N°25080 de Inversión para Bosques Cultivados son aumentar la oferta maderera a través de la implantación de nuevos bosques; y beneficiar la instalación de nuevos proyectos forestoindustriales y las ampliaciones de los existentes.
En tanto, las actividades que se promocionan son las plantación de bosques comerciales, y la especie a plantar debe ser maderable, de explotación y usos conocidos y difundidos o técnicamente justificables. Se contempla también la plantación en cortina; podas (hasta tres intervenciones); primer raleo no comercial; manejo de rebrotes; enriquecimiento de bosque nativo (hasta 50 ha anuales), e instalación de nuevos proyectos foresto industriales y las ampliaciones de los existentes.
La autoridad de aplicación es la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de agricultura, ganadería y pesca, a través de la Dirección de Producción Forestal.
En tanto en la provincia de Entre Ríos, la autoridad de aplicación expresa, es el área forestal de la Secretaria de Producción.
Contacto
Para mayor información dirigirse a: Área Forestal de Entre Ríos, Pasaje Falucho 334, o al teléfono 0343-4207927.