El juez federal de Morón Néstor Barral procesó a la viuda e hijo de Pablo Escobar Gaviria y al exfutbolista Mauricio «Chicho» Serna por el delito de lavado de dinero proveniente del narcotráfico y los embargó por 30 millones de pesos a cada uno.
En las últimas horas, el magistrado dictó el procesamiento para los imputados Juan Sebastián Marroquín Santos – hijo del fallecido Escobar – María Isabel Santos Caballero y Mauricio Serna por considerarlos penalmente responsables del delito de «lavado de activos, agravado por ser realizado por una asociación formada para la comisión continuada de hechos de esa naturaleza».
Y además del embargo millonario para los tres, Barral también dictó el embargo del departamento de Vicente López en el cual está domiciliado Marroquín Santos y para cuya compra, según el magistrado, «se usaron fondos obtenidos de manera ilícita».
En la investigación, según el fallo publicado por el Centro de Información Judicial (CIJ), se determinó que Marroquín Santos y Santos Caballero, habrían prestado una contribución esencial en el lavado de u$s2.341.164 y, en la comisión en coautoría de un hecho de lavado de u$s105.352. La operatoria tenía lugar a través de dos sectores comerciales: la rama inmobiliaria y las actividades de tango y degustación gastronómica.
En tanto, del exfutbolita «Chicho» Serna los investigadores sospechan que con su accionar «también realizó una contribución esencial al delito de lavado de activos» que protagonizaron Piedrahita Ceballos y Corvo Dolcet durante el año 2008, a través de tres propiedades que le compraron al ex mediocampista.
Según consta en la investigación, la viuda de Pablo Escobar Gaviria y su hijo habrían presentado al colombiano José Bayron Piedrahita Ceballos ante el empresario argentino Mateo Corvo Dolcet, y habrían cobrado por ello una comisión.
Esa comisión, que según figura en un documento incorporado a la causa sería del 4,5%, habría resultado del total del dinero que Piedrahita Ceballos invertiría en el proyecto inmobiliario llevado adelante por Corvo Dolcet.
Los fiscales del caso entendieron que Santos Caballero y su hijo «efectuaron un aporte de carácter esencial para el cumplimiento de los objetivos criminales de Piedrahita Ceballos, siendo ellos quienes operaron de nexo entre los intereses del ciudadano colombiano -blanqueo de capitales de origen ilícito-, y el grupo que a nivel local lideraba Corvo Dolcet, que contaba con una estructura empresarial lícita preparada para la inyección directa de fondos».
En el fallo se destaca que los acusados están imputados «por haber intervenido desde fecha incierta y hasta, en principio, el 15 de febrero de 2011, como nexo entre los intereses de José Bayron Piedrahita Ceballos y el grupo que a nivel nacional lideraba Mateo Corvo Dolcet, a efectos de que por medio de los proyectos de este último, se le otorgue apariencia lícita a los ingresos monetarios espurios del ciudadano colombiano».